Check Community

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AUDITORIA EXTERNA de Cuentas Anuales

Comprobación, revisión, verificación de documentos, gastos, ingresos, impagados, ...

Si no confía en la gestión económica de su Comunidad, solicite PRESUPUESTO.































El buen Administrador

Un buen Administrador o una buena Administradora, siempre acudirá a las reuniones de vecinos con los libros de actas y de cuentas actualizados, hará la convocatorias a las Juntas Generales con tiempo suficiente para que los copropietarios puedan revisar toda la documentación y resolver sus dudas antes de la reunión, se preocupará de hacer el seguimiento de impagados enviando con frecuencia requerimientos de pago de las deudas, mantendrá informados a sus administrados de nuevas normativas y temas de actualidad que le puedan afectar o interesar, estará disponible y localizable para cualquier urgencia o solicitud de los Presidentes de las Comunidades o Fincas, vigilará y supervisará de forma regular los servicios que administra, se interesará por rebajar costes buscando la mejor oferta de servicios que ofrezca una elevada relación calidad-precio... y todo ello sin que se lo tengan que solicitar o recordar.

En la actualidad, la mayoría de los Administradores/as han olvidado gran parte de sus funciones. Se limitan a acudir una vez al año a las Juntas de Vecinos y a resolver las incidencias y averías que surgen, empleando el minimo de tiempo posible de dedicación a sus funciones.

Desde aquí, se pretende recordar a todos los copropietarios y presidentes de las comunidades de vecinos que pueden ser más exigentes con su administrador o administradora y solicitarles que cumplan con todas y cada una de sus funciones y obligaciones.

Reclamar la responsabilidad del Administrador de Fincas.

Una comunidad de propietarios aprobó en Junta arreglar la fachada, solicitar la licencia de obras al Ayuntamiento y una subvención pública. Pero el administrador de fincas contratado por la comunidad no lo hizo en el momento oportuno y se pasó el plazo para pedir la subvención. 
Por esta razón los vecinos presentaron una demanda contra él, y la Audiencia de Madrid, en sentencia de 26 de febrero de 2007, le condenó a pagar a la comunidad 12.000 euros, un importe similar a la subvención que hubieran recibido de haber sido solicitada. 
El administrador alegó que sólo se encargaba del cobro de recibos y de llevar a cabo labores administrativas y contables.
La Audiencia demostró que no era así porque el contenido del Libro de Actas revelaba la existencia de un contrato por el que cobraba una mensualidad por la realización de todas las funciones propias de un Administrador de Fincas.

MADRID. TARIFA SOCIAL DEL AGUA

ORDEN 2920/2014, de 23 de diciembre, del Consejero de Presidencia, Justicia y
Portavoz del Gobierno


Exención social (para los ciudadanos que no pueden hacer frente al pago del agua)

En los servicios de abastecimiento y saneamiento prestados por Canal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima, podrán obtener la bonificación del importe total de la parte variable del consumo realizado hasta 25 metros cúbicos al bimestre (equivalente a un consumo medio diario de hasta 417 litros) y del 50 por 100 del importe total de la cuota de servicio, aquellos titulares de contratos que acrediten no poder hacer frente al pago de dichos importes, mediante certificación por escrito emitida por su asistente social y aprobación de la Consejería competente por razón de la materia.
Dicha certificación deberá ser entregada en los servicios de Canal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima y se aplicará en la siguiente factura que se emita a partir de dicha presentación.
Esta bonificación se disfrutará durante el período de tiempo en que el titular del contrato permanezca en dicha situación.

El certificado de eficiencia energética

R.D. 235/2013 BOE nº 89 del 13 de abril de 2013

Obligatorio a partir del 1 de junio de 2013


COMISIÓN ASESORA PARA LA CERTIFICACIÓN DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE EDIFICIOS


Secretario de la Comisión Asesora para la Certificación de Eficiencia Energética de Edificios

MINISTERIO DE INDUSTRIA, Energía y TURISMO
P. DE LA CASTELLANA 160; 28046 MADRID;
TF: 902 44 60 06


REGISTRO GENERAL DE DOCUMENTOS RECONOCIDOS PARA LA CERTIFICACIÓN DE EFICIENCIA ENERGÉTICA

http://www.mityc.es/energia/desarrollo/EficienciaEnergetica/CertificacionEnergetica/Paginas/certificacion.aspx                     SERVICIO DE INFORMACIÓN AL CIUDADANO EN EFICIENCIA ENERGÉTICA Y ENERGÍAS RENOVABLES (SICE)

INSTITUTO PARA LA DIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA (IDAE).

MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO

C/MADERA 8; 28004 MADRID;

Tf: 913 14 66 73 (Servicio de Información al ciudadano: Horario de 10 a 14 horas de lunes a viernes); TF: 91.456.49.00 (CENTRALITA)

Fax: 91 523 04 14; ciudadano@idae.es;

http://www.idae.es/index.php/mod.global/mem.formEnvioInfo

Información sobre certificación energética (Web IDAE):

http://www.idae.es/index.php/mod.pags/mem.detalle/relcategoria.1030/id.25/relmenu.53

QUEJAS, RECLAMACIONES Y SUGERENCIAS

Siendo múltiples y de distinta índole las quejas, reclamaciones y sugerencias en torno a las comunidades de propietarios y a las viviendas y locales particulares que las componen, intentaremos recoger en este espacio información sobre temas de interés general.

Puedes participar dejando tus experiencias y comentarios.

¿Quién manda aquí?

En todas las comunidades de propietarios, el máximo órgano con poder de decisión es LA JUNTA DE PROPIETARIOS, aunque con demasiada frecuencia se tiende a creer que quien manda, hace y deshace, es el Presidente o el Administrador.
Es por ello que resulta muy importante participar de ella, acudiendo a las reuniones o bien delegando nuestra representación, y procurar estar al corriente de pago para así estar legitimados en las votaciones.


LA JUNTA DE PROPIETARIOS está formada por todos los propietarios y se ha de reunir, al menos, una vez al año para, como mínimo, someter a votación las cuentas y el presupuesto anual. Y elegir a los encargados de representar, administrar y presidir la comunidad.

VENDER PISO Y RECLAMAR SALDO POSITIVO

Salvo que exista un acuerdo de la Junta General por el que se decida el reparto de los fondos comunes entre los copropietarios, la LPH no contempla el derecho a la devolución del saldo positivo al propietario que vende su propiedad y deja de pertenecer a la Comunidad de Propietarios.

Si en la Comunidad existiese tal acuerdo, el reparto de fondos sería a favor de los dueños en la fecha del acuerdo.

La manera de recuperar el dinero exige un pacto escrito previo entre comprador y vendedor al respecto, en el que se contemple la obligación a que le sea devuelto el saldo positivo que devengue su propiedad por exceso de ingresos sobre gastos.

AUDITORIA A LAS CUENTAS DE LA COMUNIDAD

SE PUEDE , LEGALMENTE, HACER UNA AUDITORIA A LAS CUENTAS DE LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS


Si, si que se puede.
Cualquier propietario puede solicitar que se incluya este tema en el orden del día, a ser posible por burofax.
De hacer caso omiso el Presidente, un 25% de los propietarios pueden convocar una reunión para debatir este tema. Incluso pueden nombrar entre ellos una Comisión Gestora para aclarar el tema de las cuentas que beben cuadrar y haber los justificantes de gastos, si no pueden conseguirlo podran nombrar un auditor profesional con los gastos a cargo de la comunidad, excepto que se encuentren irregularidades por negligencia por parte del responsable de las cuentas, que en este caso este debera correr con todos los gastos en concepto de perjuicios.
La junta Gestora podra tener potestad para poner una demanda Judicial, es recomendable que así se especifique en el Acta de la creación de la Comisión Gestora.

Palomas

Desde que mi vecino del tercero hizó obras en su cocina, tapiando la ventana que da al patinillo, tenemos okupas en la Comunidad: LAS PALOMAS.
Como mi vecino no tapió a ras de la fachada, han aprovechado el poyete para hacer su nido.

Estas palomas no tienen problemas de fertilidad. Ahora intentan ocupar otros pisos para seguir ampliando la familia.

Yo ya no sé qué hacer para mantener mi ventanita limpia y despejada, y evitar encontrármelas ahí cada mañana a la hora del desayuno. ¡Que asco!

Asistencia a las juntas de vecinos

Ya no recuerdo cuando fué la última vez que asistí a una reunión de vecinos. Es muy posible que fuese mi último día como presidente de "ésta mi Comunidad". Y de eso hace ya ..., no sé, quizá 4 años.

Ahora, si no estás al corriente en los pagos, es un riesgo a la integridad asistir. No te dejan votar y encima tienes que aguantar insultos y malos modos. Pero si no asistes, no puedes dar tu opinión ni enterarte de lo que se comenta. Y digo esto porque es muy frecuente que no se redacten las actas de las juntas o, si se hace, no lleguen a tus manos.